Cronograma de pagos del Fonavi 2023 - Cuándo cobrar

Cronograma de pagos del Fonavi 2023: ¿Qué días lo pagan?

El Gobierno de Dina Boluarte oficializó el cronograma de pagos del Fonavi de diciembre 2023. De esta forma, las personas que acreditaron sus aportes monetarios podrán acceder a la devolución de los mismos este año. Conoce aquí cuándo pagan el Fonavi y hasta cuándo lo puedes cobrar.

¿Cuál es el cronograma de pagos del Fonavi 2023?

El gerente de la Red de Agencias del Banco de la Nación, Héctor Cuadros, señaló que el cronograma de pagos del Fonavi 2023 ya está disponible y se realizará en seis fechas.

Asimismo, la devolución del Fonavi se dará de acuerdo al número de DNI bajo las siguientes fechas de pago:

DÍAÚLTIMO DÍGITO DEL DNI
Jueves 21 de diciembre:0 y 1
Viernes 22 de diciembre2 y 3
Sábado 23 de diciembre4
Martes 26 de diciembre5 y 6
Miércoles 27 de diciembre7 y 8
Jueves 28 de diciembre9
Viernes 29 de diciembre:solo rezagados

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¿Cómo saber si estoy en el cronograma de pagos del Fonavi 2023?

Para saber si eres beneficiario o si estás incluido en el cronograma de pagos del Fonavi 2023 solo debes consultar en el link y seguir estos pasos:

  • Entra al sitio web “Módulo de consulta del Estado de Registro”, que ha creado la Secretaría Técnica del FONAVI.
  • Llena el formulario con tu tipo y número de documento, puede ser DNI, carnet de extranjería o libreta electoral.
  • Escribe el código de verificación que aparece en la pantalla.
  • Haz clic en “Consultar” y mira tu estado de registro y si eres beneficiario.
  • Recuerda que la lista de las personas registradas todavía está en elaboración.

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¿Quiénes podrán cobrar primero?

La Comisión Ad Hoc señaló que primero se dará prioridad a las personas mayores de 60 años, a las inscritas en el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (Conadis), a las que sufren alguna enfermedad grave o terminal, ya sean los titulares o sus familiares.

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Asimismo, si el fonavista titular ha fallecido, serán sus parientes los que podrán cobrar bajo el siguiente orden de preferencia excluyente:

  • El cónyuge que queda vivo o el compañero o compañera de vida, hijos menores e hijos con discapacidad total permanente reconocida por el Conadis.
  • Los hijos que son mayores de edad.
  • Los padres.
  • Los hermanos.
  • Si no hay ninguna de las personas mencionadas antes, la devolución será para quienes demuestren ser parientes del fonavista que murió mediante sucesión intestada o testamentaria.