quiénes cobran el Fonavi 2023 viernes 22 diciembre

Fonavi 2023: ¿Quiénes cobran el viernes 22 de diciembre?

Desde el jueves 21 de diciembre inició la devolución de los fondos del Fonavi bajo ciertas condiciones establecidas por la Comisión Ad Hoc. Conoce aquí si eres beneficiario y descubre quiénes cobran el Fonavi 2023 el viernes 22 de diciembre.

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¿Quiénes cobran el Fonavi 2023 el viernes 22 de diciembre?

La Secretaría Técnica del Fonavi comenzó con la devolución del Fonavi desde el jueves 21 de diciembre. Según el cronograma de pagos, las personas que cobran el Fonavi 2023 el viernes 22 de diciembre son las que su número de DNI termina en 2 y 3.

Una vez comprobado si tu DNI termina en estas cifras, deberás ingresar tu número en el siguiente enlace oficial para saber si eres beneficiario: www.fonavi-st.gob.pe/

DÍAÚLTIMO DÍGITO DEL DNI
Jueves 21 de diciembre:0 y 1
Viernes 22 de diciembre2 y 3
Sábado 23 de diciembre4
Martes 26 de diciembre5 y 6
Miércoles 27 de diciembre7 y 8
Jueves 28 de diciembre9
Viernes 29 de diciembre:solo rezagados

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¿Cuál es el número telefónico de atención del Fonavi?

Si tiene alguna duda con el proceso de certificación o de la devolución, llame al número de Atención al Fonavista(01) 640-8655.

En la web oficial indican que el horario de atención es de 8:00 a.m. a 6:00 p.m. Sin embargo, Tu Bolsillo se comunicó directamente al número de Atención al Fonavista e informaron que la atención es hasta las 5:00 p.m.

Por ello, invitamos a que haga sus consultas en las primeras horas para resolver sus dudas a tiempo.

Requisitos para cobrar el fonavi el viernes 22 de diciembre

Para cobrar la devolución del Fonavi este viernes 22 de diciembre deberá cumplir con los siguientes requisitos:

Por otra parte, si el fonavista titular ya falleció, la Comisión aclaró que los herederos cobrarán el dinero bajo el siguiente orden de preferencia excluyente:

  1. El cónyuge que queda vivo o el compañero o compañera de vida, hijos menores e hijos con discapacidad total permanente reconocida por el Conadis.
  2. Los hijos que son mayores de edad.
  3. Los padres.
  4. Los hermanos.
  5. Si no hay ninguna de las personas mencionadas antes, la devolución será para quienes demuestren ser parientes del fonavista que murió mediante sucesión intestada o testamentaria.

Los documentos a presentar son los siguientes:

  1. Presentar declaración jurada completa, firmada y con huella dactilar del que la suscribe.
  2. Adjuntar copia certificada de partida o acta de defunción. Esta no debe haber sido expedida por más de 30 días calendarios por Reniec, municipalidades, entre otros.

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